sábado, 2 de abril de 2011

WARRANTS

Siguiendo con el tema de los derivados financieros ahora ahondaremos en el mundo de los warrants, que son un tipo de opciones.

DEFINICIÓN:
Los warrants son valores que otorgan al poseedor el derecho, pero no la obligación, mediente el pago d eun precio (prima), de comprar (CALL) o vender (PUT) una cantidad determinada de un activo subyacente, a un precio fijado (strike), durante la vida del mismo (warrant americano) o en la fecha de vencimiento (warrant europeo). Se pueden negociar en la Bolsa.  

La liquidación de las operaciones se realiza tres días hábiles después, a través de Iberclear.

Los warrants se utilizan para cubrir los riesgos de movimientos adversos en el precio del activo subyacente y para invertir a corto plazo o a fecha del vencimiento, sobre la base del aapalancamiento.


(En total son 6 vídeos que explican perfectamente los warrants, pero yo sólo os dejo aquí el primero ya que es una introducción)

WARRANTS



ACTIVOS SUBYACENTES:
  • Acciones españolas y extranjeras.
  • Índices bursátiles nacionales e internacionales.
  • Tipos de cambio (divisas).
  • Otros (cestas de acciones, tipos de interés, obligaciones, materias primas...). 



CONTRATACIÓN:
Los warrants son emitidos por distintas entidades y una vez que se admiten a cotización se contratan mediante sistemas electrónicos y de forma continuada.
 
Los warrants se negocian en un segmento especial, con características ajustadas y requerimientos específicos. La contratación de warrants se rige por als normas generales a plicadas a las rentas variables cone stas pecualiaridades:
  • Inexistencia de subastas de apertura y cierre, manteniéndose las subastas de volatilidad. 
  • La vigencia de las órdenes se limita a la sesión en curso. 
  • Incorporación del especialista de warrants (máx. uno en cada valor), que contribuye a fomentar la liquidez y favorece el proceso de formación de precios.
  • La contratación de bloques sólo tiene una modalidad, con condiciones particulares de precio e importe mínimo.
  • Previsión de interrupción de la negociación de warrants (causas que afecten a los activos subyacentes).
 







VENTAJAS:
  • Elevado apalancamiento, por la menos inversión en el warrant (prima) respecto a la inversión directa en el activo subyacente.
  • Riesgo limitado, ya que la pérdida máxima es igual al importe de la inversión del warrant (prima).
  • Bneficios potenciales ilimitados, que son el resultado de la diferencia entre el precio de ejercicio prefijado del warrant (strike) y el precio resgistrado por el activo subyacente.

1 comentario:

  1. Este nos ha quedado un poco más corto, y además no hemos repasado bien la ortografía (hay tres o cuatro erratas de “dislexia mecanográfica”, algo que nos ocurre a mucha gente, todo hay que decirlo) pero está bien currado. Me tendrás que explicar las ventajas que tiene un “elevado apalancamiento” que supongo que serán muchas, pero a mí esa palabra me chirría un poco en un artículo tan técnico aunque supongo que será uno del argot de los brokers de las finanzas (también “warrants” me suena mal a mí que no tengo ni idea de inglés). Bueno, perdona el “chorreo” y haber empezado esta vez por lo negativo, pero no te ofendas, creo que está muy bien en general (me han gustado más los dos anteriores, tengo que confesarlo) y que a pesar de su brevedad está bien estructurado y no explica my bien las cosas, pero tenía que decirlo.

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